

Las protecciones de Cal/OSHA se extienden a los trabajadores domésticos a partir del 1 de julio
Oakland– Por primera vez, los trabajadores domésticos empleados por empresas en California, como personal de limpieza, cuidadores y jardineros, estarán cubiertos por las leyes estatales de seguridad y salud en el trabajo a partir del 1 de julio de 2025. Hasta ahora, estas leyes no cubrían a las personas que realizaban trabajo doméstico, lo que dejaba un vacío en la cobertura.
Lo que dijo la jefa de Cal/OSHA, Debra Lee: “Los trabajadores domésticos asumen algunos de los trabajos más difíciles: cuidar a nuestros seres queridos, limpiar nuestros hogares y apoyar nuestra vida diaria. Merecen la misma protección que cualquier otro trabajador. Es justo que cuidemos a quienes nos cuidan.”
Estas protecciones de seguridad y salud en el trabajo permitirán a Cal/OSHA aplicar las regulaciones a los empleadores cubiertos en el sector de servicios domésticos. Esto incluye requisitos de herramientas y equipos seguros, capacitación sobre riesgos y protección contra condiciones de trabajo inseguras.
Lo que las empresas necesitan saber:
Las empresas que empleen trabajadores de servicio doméstico de forma temporal o permanente serán consideradas como empleadores.
Los empleadores tienen la responsabilidad de proporcionar un lugar de trabajo seguro, lo que incluye, entre otros:
- Establecer, implementar y mantener un programa eficaz de prevención de lesiones y enfermedades (conocido como IIPP, por sus siglas en inglés).
- Inspeccionar los lugares de trabajo para identificar, evaluar y corregir peligros que puedan dañar a los trabajadores.
- Asegurarse de que los empleados tengan, utilicen y mantengan adecuadamente herramientas y equipos seguros.
- Proporcionar y pagar el equipo de protección personal (EPP) cuando lo exija la ley.
- Informar inmediatamente a Cal/OSHA sobre lesiones o muertes graves en el lugar de trabajo.
Lo que los empleados necesitan saber:
Un empleado tiene derecho a lo siguiente:
- Condiciones de trabajo seguras y saludables.
- Capacitación por parte de su empleador sobre los riesgos laborales y los derechos de los trabajadores.
- Solicitar a su empleador información sobre las normas de Cal/OSHA, lesiones y enfermedades de los trabajadores, riesgos laborales y derechos de los trabajadores.
- Solicitar acceso al programa de prevención de lesiones y enfermedades (IIPP) de su empleador.
- Pedir a su empleador que corrija los peligros o las condiciones inseguras, y que presente una queja ante Cal/OSHA con respecto a las violaciones del Título 8 o cualquier peligro en el lugar de trabajo.
Lo que los propietarios de viviendas necesitan saber:
En la mayoría de los casos, los propietarios o inquilinos individuales que contratan directamente a trabajadores para realizar tareas domésticas típicas, como limpiar la casa, cocinar, cuidar a otros o realizar tareas de jardinería rutinarias, no se consideran empleadores ante la ley y pueden quedar excluidos de estos requisitos.
Los empleadores, trabajadores y propietarios de viviendas deben utilizar los materiales disponibles en la página web de Orientación y recursos para trabajadores de servicio doméstico de Cal/OSHA para obtener más información.
Acerca de Cal/OSHA
Cal/OSHA ayuda a proteger a los trabajadores de los peligros para la salud y la seguridad en el trabajo en casi todos los lugares de trabajo de California.
Los trabajadores en California están protegidos independientemente de su estatus migratorio. Los trabajadores que tengan preguntas sobre la seguridad y salud en el lugar de trabajo pueden llamar al 833-579-0927 para hablar con un representante bilingüe de Cal/OSHA en vivo entre las 9:00 a.m. y las 7:00 p.m., de lunes a viernes. Las quejas sobre la seguridad y los riesgos de salud en el lugar de trabajo se pueden presentar de forma confidencial en las oficinas de distrito de Cal/OSHA.
Los empleadores que tengan preguntas o necesiten asistencia con los programas de salud y seguridad en el lugar de trabajo pueden llamar a la Rama de Servicios de Consultación de Cal/OSHA al 800-963-9424.
Cal/OSHA es una división del Departamento de Relaciones Industriales de California.
Contacto para medios de comunicación: Communications@dir.ca.gov, (510) 286-1161