Incendios forestales en California: preguntas frecuentes sobre los derechos de los trabajadores en incendios forestales

  1. Los trabajadores, ¿tienen derechos durante las situaciones de emergencia?

    Los trabajadores tienen derechos especiales durante las situaciones de emergencia. Es ilegal que los empleadores exijan a los trabajadores que se presenten o les impidan abandonar un área de trabajo afectada si creen razonablemente que no es segura. Los empleadores no pueden impedir que los trabajadores utilicen sus teléfonos para acceder a la asistencia de emergencia, evaluar la seguridad de una situación o confirmar la seguridad de los demás. Estas protecciones continúan hasta que finaliza la situación de emergencia. Algunos trabajadores están exentos, incluidos los socorristas y los trabajadores de servicios de desastres. Consulte la sección 1139 del Código Laboral para obtener todos los detalles. Consulte también el sitio web de la Cal/OSHA sobre salud y seguridad de los trabajadores en regiones de incendios forestales.

    La sección 1139 del Código Laboral no exige que se pague el tiempo libre, aunque los empleados pueden utilizar las vacaciones disponibles u otros permisos pagados según las políticas o prácticas habituales de su empleador. No obstante, la sección 246.5 del Código Laboral establece que los "empleados agrícolas", tal y como se definen en la sección 9110 del Código Laboral, que trabajan al aire libre y tienen derecho a días de permiso por enfermedad pagados pueden utilizar las horas de enfermedad pagadas "para evitar el humo", el calor o las inundaciones provocadas por una emergencia local o estatal, incluido, entre otros, cuando el lugar de trabajo del empleado está cerrado debido al humo, el calor o las inundaciones.

    Evitar condiciones peligrosas como el humo de los incendios forestales también podría constituir "cuidado" de una condición de salud existente o "cuidado preventivo" según la sección 246.5 del Código Laboral, lo que da derecho a los empleados a utilizar las horas de enfermedad pagadas. Puede obtener más información sobre las horas de enfermedad pagadas aquí. También puede explorar el uso del Seguro Estatal de Discapacidad de California para cuidar de usted mismo o de un miembro de su familia.  A continuación se proporciona más información.

    Si es despedido, discriminado, objeto de represalias o sometido a cualquier otra acción adversa por ejercer sus derechos en virtud del Código Laboral, puede presentar una denuncia por represalias ante la Comisionada Laboral.

  2. ¿Puedo acceder al Seguro de Discapacidad (DI, por sus siglas en inglés) del Estado de California si no puedo trabajar?

    Los trabajadores que hayan sufrido una pérdida de salario y no puedan trabajar debido a una enfermedad o lesión grave pueden visitar el sitio web del EDD para obtener más información sobre el programa de Seguro de Discapacidad. Este programa requiere que el proveedor médico del trabajador certifique su reclamo de beneficios.

    Además, el Seguro de Discapacidad (DI) proporciona beneficios de reemplazo parcial del salario a los trabajadores elegibles de California que no pueden trabajar debido a una enfermedad, lesión o embarazo no relacionados con el trabajo. Si resultó herido por el desastre, puede tener derecho a las prestaciones del DI. También puede tener derecho a una enfermedad o lesión no relacionada con el trabajo causada por el incendio forestal, como: estrés, quemaduras o inhalación de humo; certificada por un médico/profesional.

    Además, si el alto índice de calidad del aire (AQI, por sus siglas en inglés) o la exposición al humo presentan un riesgo para la salud de usted o de un bebé durante el embarazo, puede ser elegible para el DI. En concreto, los proveedores de atención médica pueden certificar a un paciente como discapacitado para recibir prestaciones por discapacidad si los requisitos laborales del paciente suponen un peligro para la salud de una paciente embarazada o del feto. Si su médico/profesional médico determina que no es médicamente seguro que usted realice su trabajo de manera normal y habitual, puede solicitar una discapacidad.

  3. Si tengo que dejar el trabajo para cuidar a un familiar enfermo debido a los incendios, ¿qué otras prestaciones están disponibles?

    El Permiso Familiar Pagado (PFL, por sus siglas en inglés) proporciona beneficios si pierde salario cuando necesita ausentarse del trabajo para cuidar de su hijo, padre, suegro, abuelo, nieto, hermano, cónyuge o pareja de hecho registrada que esté gravemente enfermo. Si necesita cuidar a un familiar herido en el desastre, podría ser elegible para los beneficios de PFL.

    Una condición de salud grave significa una enfermedad, una lesión, un impedimento o una condición física o mental que implique atención hospitalaria en un hospital, un centro de cuidados paliativos o un centro de atención médica residencial, o en el hogar. Esto incluye cualquier período de incapacidad (por ejemplo, incapacidad para trabajar, asistir a la escuela o realizar otras actividades diarias regulares) o cualquier tratamiento posterior en relación con dicha atención hospitalaria, o tratamiento continuo por parte de un médico o profesional.

  4. ¿Pueden los empleadores exigir a los empleados que trabajen en zonas bajo órdenes de evacuación obligatoria?

    Es ilegal ordenar a un empleado que entre o permanezca en una zona sujeta a evacuación obligatoria debido a incendios.

    Exigir a los empleados que trabajen en zonas bajo órdenes de evacuación obligatoria puede violar los Códigos de Gobierno y Penal, además del Código Laboral. La sección 1102.5 del Código Laboral protege a los empleados de represalias por negarse a participar en una actividad que resultaría en la violación de un estatuto estatal o federal, o en la violación o incumplimiento de una norma o regulación local, estatal o federal. La sección 6311 del Código Laboral también protege a los empleados que se nieguen a realizar un trabajo que viole el Código Laboral, incluida la sección 6400 del Código Laboral, cualquier norma de seguridad o salud ocupacional, o cualquier orden de seguridad de la división o junta de normas, si la violación creara un peligro real y aparente para los empleados.

    En relación con esto, la sección 6311.5 del Código Laboral prohíbe a una persona ordenar deliberada y conscientemente a los empleados que permanezcan o entren en áreas cerradas debido a una amenaza para la salud o seguridad pública creada por una calamidad, incluidas inundaciones, tormentas, incendios, terremotos, explosiones, accidentes u otros desastres, tal como se establece en la sección 409.5 del Código Penal, después de recibir la orden de evacuar o abandonar el lugar, con algunas excepciones. Consulte la sección 6311.5 del Código Laboral y la sección 409.5 del Código Penal para obtener más detalles. Recuerde que si es despedido, discriminado, objeto de represalias o sometido a cualquier acción adversa por ejercer sus derechos en virtud del Código Laboral, puede presentar una denuncia por represalias ante la Comisionada Laboral. Los empleadores y los trabajadores pueden consultar el sitio web de la Cal/OSHA sobre seguridad y salud de los trabajadores en regiones de incendios.

  5. Tienen derecho los empleados a una indemnización por interrupciones del trabajo causadas por cortes de electricidad o incendios?

    Los trabajadores deben ser compensados por todas las horas trabajadas, incluido todo el tiempo que estén bajo el control de su empleador, aunque no estén trabajando. Las ''horas trabajadas'' incluyen tanto todo el tiempo que los empleados se ven obligados a trabajar o se les permite hacerlo, independientemente de que se les exija o no, como todo el tiempo durante el cual los empleados están sometidos al control de su empleador. Restringir a los empleados a las instalaciones del empleador, o a un lugar de trabajo, significa que los empleados están sujetos al control de su empleador para que constituyan "horas trabajadas". (VéaseMorillion v. Royal Packing Co. (2000) 22 Cal.4to 575Bono Enterprises v. Bradshaw (1995) 32 Cal.App.4to 968). En tales circunstancias, se debe pagar a los empleados su remuneración habitual (que no puede ser inferior al salario mínimo) y las horas extras, si corresponde.

    Si un empleador afectado por un corte de energía eléctrica exige a sus empleados que permanezcan en las instalaciones y esperen a que se restablezca la energía para reanudar rápidamente las operaciones una vez que esto suceda, el tiempo durante el cual los empleados están restringidos a las instalaciones constituye "horas trabajadas" compensables, y los empleados deben recibir su tarifa de compensación regular por todo ese tiempo. Si el empleador permite a los empleados salir de las instalaciones, pero restringe significativamente sus movimientos, también se les debe pagar por todo ese tiempo, que es tiempo de "espera" compensable.

    Los empleados pueden tener derecho a jornadas divididas si un empleador que se enfrenta a cortes de energía los envía fuera de las instalaciones con instrucciones de regresar más tarde durante ese mismo día laborable. Las órdenes salariales definen una "jornada dividida" como "un horario de trabajo que se ve interrumpido por períodos no laborables no remunerados establecidos por el empleador, que no sean períodos de descanso o para comer de buena fe", y establecen que "cuando un empleado trabaja una jornada dividida, se le pagará una hora de salario mínimo además del salario mínimo de esa jornada laboral, excepto cuando el empleado resida en el lugar de trabajo". 

  6. Si un empleado está exento, ¿tiene derecho a una semana completa de salario por interrupciones del trabajo causadas por cortes de energía o incendios?

    Un empleado exento tiene derecho a recuperar el salario de la semana completa si ese empleado se ve obligado a trabajar o se le permite hacerlo en cualquier momento dentro de esa semana laboral. (Véase el análisis en la sección 51.6.15 del Manual de Políticas e Interpretaciones de Cumplimiento).

  7. ¿Un empleado tiene derecho a una compensación adicional por las interrupciones causadas por cortes de energía o incendios cuando el horario de trabajo del empleado está sujeto a un acuerdo de Semana Laboral Alternativa (AWW, por sus siglas en inglés) de buena fe?

    Si un empleador que se enfrenta a un corte de energía está en una AWW, y el empleador envía a sus trabajadores a sus casas durante un día de trabajo programado regularmente, con instrucciones de que los trabajadores vengan y trabajen más tarde en la semana para recuperar las horas perdidas en un día que no es un día de trabajo programado regularmente, las primeras 8 horas trabajadas en el día de trabajo no programado regularmente deben pagarse a tiempo y medio, y todas las horas trabajadas por encima de las 8 horas en el día no programado regularmente deben pagarse al doble de la tarifa regular.

    Sin embargo, si un empleador con una AWW prevé que puede reducir su exposición a los cortes de energía cambiando ocasionalmente los días programados (por ejemplo, de un 4/10 de lunes a jueves a un 4/10 de jueves a domingo), y avisa a sus trabajadores con al menos una semana de antelación del cambio de horario, la AWW sigue siendo válida. A efectos de cumplimiento, la Comisionada Laboral permitirá al empleador cambiar los horarios hasta 4 veces al año. Los cambios más frecuentes invalidarán la AWW. 

  8. Un empleado, ¿tiene derecho a que se le pague por las ausencias causadas por cortes de electricidad o incendios?

    Si existe una política de vacaciones o de tiempo libre remunerado, un empleado puede optar por tomarse dicho permiso y ser compensado, siempre que los términos de la política de vacaciones o de tiempo libre remunerado prevean dicho permiso.   
    Las horas de enfermedad pagadas pueden aplicarse si el empleado está cualificado para recibir dichas horas y solicita tomarlas por motivos de enfermedad. La ley de horas de enfermedad pagadas establece que un empleador debe proporcionar días de horas de enfermedad pagadas para los siguientes fines:

    • (1) Diagnóstico, cuidado o tratamiento de una condición de salud existente de un empleado o un miembro de la familia de un empleado, o cuidado preventivo para ellos.
    • (2) Para un empleado que sea víctima o cuyo familiar sea víctima, según se define en la subdivisión (j) de la Sección 12945.8 del Código de Gobierno, los fines descritos en el párrafo (3) de la subdivisión (a), o la subdivisión (b), de la Sección 12945.8 del Código de Gobierno.
    • (3) Para un empleado que sea un empleado agrícola, según se define en la Sección 9110, que trabaje al aire libre y que tenga derecho a días de permiso por enfermedad pagados en virtud de este artículo, para evitar condiciones de humo, calor o inundaciones creadas por una emergencia local o estatal, incluidas, entre otras, cuando el lugar de trabajo del empleado esté cerrado debido a las condiciones de humo, calor o inundaciones. Existen condiciones de humo, calor o inundación creadas por una emergencia local o estatal si el gobernador proclama un estado de emergencia de conformidad con la Sección 8625 del Código de Gobierno, o se proclama una emergencia local de conformidad con la Sección 8630 del Código de Gobierno, debido a condiciones de humo, calor o inundación que impiden que los empleados agrícolas trabajen.

    (Cód. Lab. § 246.5, subd. (a)).  
    Si el empleado reúne los requisitos para las horas de enfermedad y las solicita, el empleador debe concederlas y compensar al empleado según las leyes de California sobre horas de enfermedad pagadas. El empleado también puede tener derecho al seguro de discapacidad del estado de California, según lo descrito anteriormente.  

    Los empleados y empleadores también pueden considerar la elegibilidad para la Permiso por discapacidad familiar, médica y embarazo para empleados en California | CRD (CFRA) o para los trabajadores del gobierno federal, Ley de Licencia Familiar y Médica | Departamento de Trabajo de EE. UU. (FMLA, por sus siglas en inglés).

  9. ¿Cuáles son las consideraciones relevantes sobre represalias?

    La sección 98.6 del Código Laboral protege a un empleado de represalias por presentar una queja o un reclamo de buena fe o por iniciar o hacer que se inicie cualquier procedimiento conforme a sus derechos o relacionado con ellos en virtud de la jurisdicción de la Comisionada Laboral, presentar una queja escrita u oral de que se le adeuda un sueldo no pagado, ejercer en nombre propio o de otros cualquier derecho que se le otorgue en virtud del Código Laboral, y más. La sección 98.6 del Código Laboral establece una presunción refutable de represalias ilegales si un empleador realiza alguna acción prohibida por este artículo en un plazo de 90 días a partir de la actividad protegida especificada en este artículo. Además de otros recursos que puedan estar disponibles, la sección 98.6 del Código Laboral establece una multa de hasta $10,000 por empleado por cada transgresión que se otorgará a cada empleado que haya sufrido dicha violación. Si es despedido, discriminado, objeto de represalias o sometido a cualquier otra acción adversa por ejercer sus derechos en virtud del Código Laboral, puede presentar una denuncia por represalias ante la Comisionada Laboral.

  10. ¿Existen protecciones para los empleados que se toman tiempo libre para realizar tareas de emergencia como bombero voluntario, agente de policía de reserva o personal de rescate de emergencia?

    La sección 230.3 del Código Laboral protege a los empleados de represalias por tomarse tiempo libre para realizar tareas de emergencia como bombero voluntario, agente de policía de reserva o personal de rescate de emergencia. Esta protección no se aplica a ninguna agencia de seguridad pública o proveedor de servicios de emergencia médica si, según lo determine el empleador, la ausencia del empleado obstaculizaría la disponibilidad de servicios de seguridad pública o servicios de emergencia médica. Los empleados que sean proveedores de atención médica deben notificar a su empleador cuando sean designados como personal de rescate de emergencia y cuando se les notifique que serán convocados debido a esa designación. Consulte la sección 230.3 del Código Laboral para obtener todos los detalles.

  11. Más información sobre los incendios de California y las leyes aplicadas por el Departamento de Relaciones Industriales.

    El humo de los incendios y la limpieza presentan peligros que los empleadores y los trabajadores de las regiones afectadas deben comprender. El humo de los incendios contiene sustancias químicas, gases y partículas finas que pueden perjudicar la salud. Los peligros continúan incluso después de que se hayan extinguido los incendios y comience el trabajo de limpieza. Se requiere equipo de protección adecuado y capacitación para la seguridad de los trabajadores en regiones de incendios.

    Los cortes de electricidad también pueden presentar riesgos eléctricos y de otro tipo para los trabajadores. La instalación y el uso adecuados de los generadores pueden evitar los riesgos de electrocución. Los trabajadores también deben ser conscientes de la posibilidad de electrocución o de lesiones por las piezas móviles de la maquinaria y otros equipos cuando se restablezca la energía. Los trabajadores también pueden enfrentarse a riesgos para la salud al trabajar sin electricidad en zonas sin ventilación porque los sistemas de ventilación no funcionan.

    Para más información, visite Seguridad y salud de los trabajadores en regiones de incendios.

January 2025